La dura derrota de Pumas ante Chivas dejó consecuencias que fueron más allá de lo futbolístico. Incluso antes de que comenzara el encuentro en el Estadio Akron, Pedro Vite ya había protagonizado una situación que rápidamente generó polémica en las redes sociales.
Como parte del protocolo especial por las fiestas patrias, se entonó el Himno Nacional Mexicano antes del partido. Mientras el resto de los jugadores permanecía en posición durante la ceremonia, el ecuatoriano fue captado acomodándose los botines y las medias.
Las imágenes provocaron numerosas críticas contra el volante de Pumas, que fue eliminado del Mundial 2026 con Ecuador ante la Selección Mexicana. Pero, ¿puede Pedro Vite llegar a ser sancionado por la Federación Mexicana de Futbol?
¿Qué dice el Código de Ética de la FMF sobre el caso de Pedro Vite?
El reglamento no cuenta con un artículo que establezca específicamente una sanción para un futbolista por su comportamiento durante el Himno Nacional. Sin embargo, existe una disposición mucho más general bajo la cual podría analizarse lo sucedido.
Se trata del Artículo 11 del Código de Ética de la FMF, que señala que la imagen y reputación de la Federación, sus afiliados y sus integrantes es responsabilidad de todos aquellos que forman parte del futbol federado.

Además, la norma establece que existe una obligación individual de desempeñarse, tanto en actividades profesionales como particulares, “con la debida probidad y respeto”, evitando comportamientos que puedan ir en detrimento del deporte, sus organismos, el fair play y el juego limpio.
Si los órganos disciplinarios de la FMF consideran que la actitud de Pedro Vite durante una ceremonia oficial previa a un partido de Liga MX representó una falta al deber de respeto establecido en el Artículo 11, podrían analizar el episodio.
¿Qué sanción podría recibir Pedro Vite?
El Artículo 33 establece que el incumplimiento de cualquiera de sus normas puede derivar en la aplicación de sanciones y también contempla qué ocurre cuando una infracción concreta no tiene un castigo definido previamente.
En ese escenario, el Código permite determinar una sanción de acuerdo con la gravedad de la falta, los antecedentes del involucrado, las circunstancias en las que ocurrieron los hechos y los demás elementos particulares del caso.

En caso de que eventualmente se determine que existió una infracción por parte del jugador de Pumas, las sanciones que pueden imponerse son las siguientes: advertencia, amonestación, suspensión temporal, exclusión, multa y servicio comunitario.
De hecho, existen antecedentes en los que la Comisión Disciplinaria ha utilizado el Artículo 11 como parte del fundamento para castigar a integrantes del futbol mexicano. En 2019, por ejemplo, Hernán Cristante recibió una multa tras infringir, entre otros, dicho artículo; y la propia FMF volvió a citarlo en 2025 al comunicar sanciones contra futbolistas involucrados en manipulación de partidos.
Datos clave
- Artículo que podría entrar en consideración: Artículo 11 del Código de Ética de la FMF, que establece la obligación de conducirse con probidad y respeto.
- ¿Existe un castigo específico por lo ocurrido durante el Himno?: No. El Artículo 33 contempla cómo proceder cuando una infracción no tiene una sanción previamente definida.
- ¿Qué sanciones contempla el Código?: El Artículo 34 incluye advertencia, amonestación, multa, suspensión temporal, exclusión y servicio comunitario.






