Por Rafael Schroeder
EN EL ÚLTIMO ROUND, EL ATLÉTICO METIÓ UNA APELACIÓN ANTE EL TAS
Hace menos de un mes la Football Association (FA) sancionó a Kieran Trippier tras una larga investigación y un largo proceso debido a que éste contravino el artículo E8 (1)(b) del reglamento sobre apuestas de la FA. Dicha sanción se debió a que el inglés previo a su traspaso por el Atlético de Madrid, le dio información confidencial sobre el fichaje a su círculo cercano y se realizaron apuestas sobre que saldría de los Spurs hacía el Líder de LaLiga.
Quien determinó la sanción fue una comisión reguladora independiente, la cual después del proceso legal determinó que Trippier contravino con cuatro de las siete supuestas violaciones al reglamento antes mencionado. La Comisión expuso sus razones y determinó que el ahora jugador del Aleti debería cumplir con una sanción de 10 partidos de suspensión (comenzando desde el 23 de diciembre de 2020).
Proceso ante la FIFA
Posterior a la sanción, la Comisión Disciplinaria de la FIFA confirmó y ratificó que la suspensión debería hacerse de manera global, es decir, de manera inmediata en el club que estuviera participando, por lo que la sanción afecta a Trippier en liga, copa y Champions League.
Debido a lo anterior, el Atlético de Madrid no se quedó conforme con la decisión emitida ni por la FA y mucho menos por la CD de la FIFA, puesto que consideraron que es una sanción injusta para ellos y que la FA se beneficia por el partido entre Atleti y Chelsea en Champions League.
Fue por ello que el club español apeló y solicitó las medidas cautelares –figura jurídica que se solicita en el proceso, con el fin de que la sanción impuesta no se haga efectiva, en tanto el juez o en este caso la Comisión de Apelaciones (CA) no se pronuncie respecto al caso– ante la Cámara de Apelaciones de la FIFA, mismas que fueron aprobadas en tanto la CA resolvía el recurso de apelación.
Sin embargo, a principios de semana la Comisión de Apelaciones confirmó la decisión de la Comisión Disciplinaria de que la sanción se hiciera de manera global y, por ello, Trippier deberá cumplir ocho partidos más de suspensión (ya había cumplido dos y restan siete de liga más uno de Champions League).
¿Qué procede?
El Atlético de Madrid presentó este miércoles una apelación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS por sus siglas en francés), haciendo énfasis en que dicho Tribunal es la última instancia del proceso legal que le queda al Atleti para revertir, suspender o por lo menos reducir la sanción impuesta al británico.
En ese sentido, es muy probable que el Atlético vuelva a solicitar las medidas cautelares al TAS en tanto el panel de árbitros o el árbitro único determina el laudo. Por otra parte, no importa qué suceda con la decisión que emita el TAS, la sanción de Trippier no podrá extenderse del día 28 de febrero ya que en el momento que el equipo español solicitó las medidas cautelares ante la FIFA, la FA solicitó a la Comisión de Apelaciones que “detuviera” el tiempo de sanción para que Trippier lo cumpliera de manera completa pero la CA se negó a dicha posibilidad.
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